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Licenciatario y cláusulas

Licenciatario

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Las obligaciones del licenciatario son correlativas a los derechos del licenciante Mon-Magic. De esta manera, el licenciatario habrá de satisfacer la contraprestación pactada 0,00.-€ y poner a disposición de la otra parte la información que permita el derecho de control. Si la licencia fuese exclusiva, tendrá además la obligación de usar la marca.

 

Por otro lado, el licenciatario tendrá derecho al uso de la marca acorde a las condiciones estipuladas en el contrato. En el supuesto de que existiese una violación de la marca por un tercero, y el licenciante permaneciese inactivo, el licenciatario estará legitimado para actuar contra el tercero.

Cláusulas habituales en nuestro Contrato de Licencia de Marca: Stars Party®

  • Cláusulas sobre control de calidad: Se pactará un derecho de control a favor del Mon-Magic®, que especificará los detalles de la calidad exigida al bien o servicio del licenciatario.
  • Cláusula de exclusiva: Se estipulará la obligación de Mon-Magic®, de no conceder más licencias en el ámbito especificado en el contrato, normalmente relativo al lugar donde el licenciatario explotará la marca Stars Party Cumpleaños Fashion®.
  • Prohibición de competencia: Igualmente, el licenciatario no podrá elaborar bienes o prestar servicios que compitan con los ofrecidos por la marca Stars Party®.
  • Cláusula sobre Know-how: El Know-how o Saber hacer es un bien intangible compuesto por los conocimientos de Mon-Magic® que se ponen a disposición del licenciatario, con el consiguiente deber de secreto de este.
  • Cláusula de atribución del territorio: Espacio y localización designados en los que el licenciatario puede hacer uso de la marca.
  • Cláusula relativa al tiempo: Mínimo 5 años de duración
  • Cláusula de no impugnación de la marca: El licenciatario no podrá cuestionar la validez de la marca Stars Party®.
  • Cláusula del licenciatario más favorecido: El licenciatario tendrá derecho a obtener de Mon-Magic® condiciones igual de favorables que las que se hayan pactado con otro licenciatario.
  • Cláusula de concesión de sublicencias: La prohibición de conceder sublicencias por parte del licenciatario tiene carácter dispositivo. De esta manera, las partes pueden acordar que el licenciatario, a su vez, pueda ceder el uso de la marca a un tercero.